Informes de contribución
Los empleadores participantes deben presentar un informe de remesas mensual junto con el pago de sus contribuciones. El informe de remesas debe incluir el nombre completo de los empleados elegibles, fecha de nacimiento, número de seguro social, fecha de contratación y número total de horas trabajadas. El informe debe estar en orden alfabético por apellido o por orden numérico de seguridad social y también reflejar el total de horas totales de ese mes, así como el monto de las contribuciones que se pagan.
La oficina del Fondo ofrece múltiples opciones para presentar informes de remesas mensuales.
- Los empleadores pueden enviar a la oficina del Fondo su propia hoja de cálculo de Excel que contenga la información requerida.
- Los empleadores pueden optar por enviar sus informes de remesas mensuales utilizando el sitio web de Autoservicio del empleador (ESS). Hacer clic aqui para ponerse en contacto con nuestro soporte de TI. Incluya la siguiente información en el mensaje: Fondo ER#; Nombre del empleador, incluido el nombre de cualquier instalación; Nombre de la persona de contacto; Número de teléfono y dirección de correo electrónico de la persona de contacto.
- La oficina del Fondo puede enviar informes de trabajo mensuales en blanco por correo electrónico a una persona de contacto designada. Luego, el informe de trabajo completo se enviaría por correo, fax o correo electrónico a la oficina del Fondo. Contáctenos aqui. Incluya la siguiente información en el mensaje: Fondo ER#; Nombre del empleador, incluido el nombre de cualquier instalación; Nombre de la persona de contacto; Dirección de correo electrónico de la persona de contacto.
Idioma del contrato
Las partes negociadoras que participan en el Fondo Nacional de Jubilación deben aceptar el lenguaje del contrato del Fondo. Este lenguaje establece las bases para la participación y las contribuciones al Fondo.
Plan heredado
El Empleador acepta contribuir por cada empleado elegible cubierto por este Acuerdo las sumas indicadas a continuación al Fondo Nacional de Jubilación ("Fondo") con el propósito de proporcionar beneficios de pensión bajo el Fondo Nacional de Jubilación, o los planes nuevos, fusionados o consolidados que puedan ser adoptados por los Fideicomisarios. Dichas aportaciones deberán presentarse mensualmente, junto con un informe de los datos de los empleados requeridos por el Fondo, en el formato prescrito por el Fondo, a más tardar el día quince (15) del mes siguiente a aquel por el cual se deban realizar las aportaciones.
El Empleador y el Sindicato acuerdan quedar vinculados por el Acuerdo y Declaración de Fideicomiso (el «Acuerdo de Fideicomiso») de dicho Fondo, tal como este pueda ser modificado ocasionalmente; asimismo, por el presente designan irrevocablemente como sus respectivos representantes en el Consejo de Fideicomisarios a aquellos Fideicomisarios nombrados en dicho Acuerdo de Fideicomiso en calidad de Fideicomisarios del Empleador y del Sindicato, junto con sus sucesores seleccionados conforme a lo estipulado en el mismo, y acuerdan acatar y quedar vinculados por todos los procedimientos establecidos y las acciones adoptadas por los Fideicomisarios en virtud de dicho Acuerdo de Fideicomiso. Toda disposición contenida en el presente Acuerdo que resulte incompatible con el Acuerdo de Fideicomiso, o con el plan de beneficios, las normas o los procedimientos establecidos por los Fideicomisarios, será nula y carecerá de todo efecto.
El Empleador contribuirá al Fondo Nacional de Jubilación las sumas que se indican a continuación por cada empleado elegible. Se requerirá que el Empleador comience las contribuciones de pensión para los nuevos empleados de conformidad con el lenguaje establecido en este documento o según lo establecido en el Acuerdo de Negociación Colectiva.
Este Acuerdo no eximirá al Empleador de cumplir con cualquier otro requisito que haya sido o pueda ser establecido por los Fideicomisarios para la participación continua en el Fondo tras la ejecución de un acuerdo de negociación colectiva.
Plan ajustable
El Empleador acepta contribuir por cada empleado elegible cubierto por este Acuerdo las sumas indicadas a continuación al Plan Ajustable del Fondo Nacional de Jubilación ("Fondo") con el propósito de proporcionar beneficios de pensión bajo el Fondo Nacional de Jubilación, o los planes nuevos, fusionados o consolidados que puedan ser adoptados por los Fideicomisarios. Dichas aportaciones deberán presentarse mensualmente, junto con un informe de los datos de los empleados requeridos por el Fondo, en el formato prescrito por el Fondo, a más tardar el día quince (15) del mes siguiente a aquel por el cual se deban realizar las aportaciones.
El Empleador y el Sindicato acuerdan estar obligados por el Acuerdo y la Declaración de Fideicomiso (“Acuerdo de Fideicomiso”) de dicho Fondo que, de vez en cuando, pueda ser modificado, y por la presente designan irrevocablemente como sus respectivos representantes en la Junta de Fideicomisarios, a los Fideicomisarios nombrados en dicho Acuerdo de Fideicomiso como Fideicomisarios del Empleador y del Sindicato, junto con sus sucesores seleccionados según lo dispuesto en el mismo, y acuerdan cumplir y estar obligados por todos los procedimientos establecidos y las acciones tomadas por los Fideicomisarios de conformidad con dicho Fideicomiso. Acuerdo. Cualquier disposición de este Acuerdo que sea inconsistente con el Acuerdo de Fideicomiso, o el plan de beneficios, reglas o procedimientos establecidos por los Fideicomisarios, será nula y sin efecto.
El Empleador deberá aportar al Plan Ajustable del Fondo Nacional de Retiro las sumas que se indican a continuación para cada empleado elegible. Se requerirá que el Empleador comience las contribuciones de pensión para los nuevos empleados de conformidad con el lenguaje establecido en este documento o según lo establecido en el Acuerdo de Negociación Colectiva.
Este Acuerdo no eximirá al Empleador de cumplir con cualquier otro requisito que haya sido o pueda ser establecido por los Fideicomisarios para la participación continua en el Fondo tras la ejecución de un acuerdo de negociación colectiva.
Si necesita ayuda con el idioma del contrato de pensión, comuníquese con el Coordinador de Contratos. aqui. Incluya la siguiente información en el mensaje: Nombre del empleador, incluido el nombre de cualquier instalación; Unión local/Junta de unión, si la conoce, junto con su información de contacto; incluyendo su nombre completo, correo electrónico y número de teléfono.
Renovaciones del empleador
La oficina del Fondo envía cartas de revisión previa a la negociación (PNR) a los representantes del sindicato y del empleador entre 60 y 90 días antes de la fecha de vencimiento del convenio colectivo registrado. La carta del PNR incluye las tasas mínimas requeridas de aportes previsionales que deben incorporarse en el acuerdo de renovación.
Si su CBA está por vencer y no ha recibido una carta de PNR, comuníquese con el Coordinador de contratos del Fondo. aqui. Incluya la siguiente información en el mensaje: Nombre del empleador, incluido el nombre de cualquier instalación, sindicato local/junta conjunta, si se conoce; fecha de vencimiento del CBA, junto con su información de contacto; incluyendo su nombre completo, correo electrónico y número de teléfono.